“No nos extrañemos que un potencial inversionista, con el objeto de asegurarse si el producto que una determinada empresa ofrece al mercado cumple con ciertos estándares de ESG, en vez de dirigirse a aclarar la duda con el encargado de investor relation lo haga directamente con el compliance officer. Ahí es donde están las oportunidades para las áreas de compliance”.
Por Andrés Cuevas Cárdenas * y Martín Aylwin Fernández **
Hace diez años, pero con especial fuerza desde el año 2019, las siglas ESG (Enviromental, Social and Governance” en inglés) han pasado a formar parte del lenguaje del entorno empresarial chileno. El término ESG, hace referencia a los factores ambientales, sociales y de gobierno corporativo que caracterizan—o deberían caracterizar—la sostenibilidad de una empresa. Esto ha implicado que a nivel global y también en nuestro país, las empresas adhieran a iniciativas privadas como la suscripción de los principios de inversión responsable de las Naciones Unidas, reportar su memoria de sostenibilidad bajo los estándares de la Global Reporting Initative (GRI), o la postulación a índices de sostenibilidad como el Dow Jones Sustainability Index.
Un hito relevante y que refleja que el interés por estas materias ha permeado en el entorno empresarial chileno, puede encontrarse el día 21 de junio de 2019. Ese día, diez de las más grandes AFP y administradores de fondos, suscribieron una declaración de inversiones responsables, en la cual reconocieron que un buen manejo de los aspectos ASG repercute directamente en los estados financieros. Y recomendaron a las empresas emisoras a tomar como objetivo avanzar en materia de sostenibilidad, de forma medible, cuantificable y transparente. El mensaje es claro, y ya lo había dicho en 2018 el CEO de Blackrock, la empresa de gestión de inversiones más grande del mundo: “la habilidad de una empresa para manejar los aspectos ESG demuestra un liderazgo y buena gobernanza que es esencial para un crecimiento sostenible”.
Este impulso global por la sostenibilidad empresarial ha empujado a las entidades reguladoras, como la Superintendencia de Pensiones y Comisión para el Mercado Financiero a regular sobre la materia. La Superintendencia de Pensiones, a través de su NCG N° 276/2020, establece diversas obligaciones a las AFP, entre las que destacan la incorporación de los riesgos ASG y de cambio climático en las políticas de inversión de las AFP, así como en los procesos de inversión y gestión de riesgos.
Por su parte, la Comisión del Mercado Financiero sometió a consulta pública un proyecto normativo que moderniza y perfecciona la información que los emisores de valores de oferta pública inscritos en el registro de valores deben remitir en su memoria anual. Y aunque podría comentarse del proyecto normativo que es de un alcance tremendamente amplio, o que tiene plazos de entrada en vigor muy ajustados para las empresas, hay una realidad indesmentible y es que hay una tendencia a exigir de las empresas información sobre como incorporan los factores ESG en los procesos de evaluación y definiciones estratégicas y sobre como gestionan los riesgos ambientales, sociales y de gobierno corporativo.
En este punto es donde vemos una oportunidad para aquellos actores que tienen un programa de compliance sólido, en el sentido de que la gestión de riesgos de ESG puede ser perfectamente administrada por el área de compliance. Esta función se torna en un facilitador innato dentro de la organización debido a la visión completa de gran parte de los riesgos. Para el éxito de dicha función estimamos imprescindible el tener aliados internos, que no sólo deberán reportar de las mediciones, sino que también administrarán los riesgos que se presenten. Es así como el programa de compliance o integridad, además de tener como eje el modelo de prevención de delitos, libre competencia, y GDPR(entre muchos otros), puede además agregarse la variable de ESG.
Esta mirada que hace tiempo fue innovadora, hoy prácticamente es una necesidad, ya que cada vez más inversionistas y potenciales clientes preguntan sobre índices de sostenibilidad corporativa, que en la actualidad ni siquiera son obligatorios por ley. El crecimiento del ESG ha sido principalmente por el lado financiero en donde se ha generado la convicción de que las empresas sostenibles tienen mejores retornos al largo plazo. Dicho de otra forma, ser sostenible es un buen negocio. Quienes han empujado esto son principalmente accionistas e inversionistas que hace un tiempo han incorporado los factores ESG en el análisis de inversión.
La oportunidad para el compliance officer se encuentra en que es un líder de confianza no sólo dentro de la organización, sino que para los agentes externos. Su responsabilidad y accountability son hoy por hoy la base para determinar si un programa de compliance es en su origen efectivo. El reporte del compliance officer al Directorio y reguladores le da un sello de transparencia en el sentido que la información que se entrega sea precisa, veraz y completa.
¿Cómo lograr una sinergia exitosa entre la gestión de ESG y un programa de compliance?
A nuestro juicio es simplemente introduciendo en la organización las actividades de ESG como parte del mismo programa de compliance. Lo anterior, concretamente radica en que el plan de capacitaciones, el plan de comunicaciones, el plan de monitoreo y el ejercicio de la gestión de riesgos tengan incorporados las dinámicas de ESG. Toda esta información que debiese encontrarse disponible podría ser administrada por el compliance officer.
No nos extrañemos que un potencial inversionista, con el objeto de asegurarse si el producto que una determinada empresa ofrece al mercado cumple con ciertos estándares de ESG, en vez de dirigirse a aclarar la duda con el encargado de investor relation lo haga directamente con el compliance officer. Ahí es donde están las oportunidades para las áreas de compliance.
* Andrés Cuevas Cárdenas es abogado UDP, MBA UAI y Postgrado en derecho de la Universidad de Londres.
** Martín Aylwin Fernández es abogado UAH, LL.M Universidad de Melbourne, Australia. Profesor en materias ambientales y de compliance en la UDD, UAI, UCH y PUC.